lunes, 1 de octubre de 2007

Aprueban Información de la Planilla Electrónica

Base Legal: R.M. N° 250-2007-TR
Fecha de Publicación: 30 de Setiembre de 2007
Fecha de Vigencia: 01 de Octubre de 2007
Mediante la citada norma, se aprueba la información de la Planilla Electrónica, así como las tablas que han de ser utilizadas para su elaboración, según corresponda, y al estructura de datos requerida por los archivos de importación de dicho documento, los mismos que se publicarán en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Asimismo, se precisa que el personal de terceros es declarado en la Planilla Electrónica, sólo en aquellos supuestos en que los trabajadores destacados o desplazados no hayan sido asegurados por su empleador con el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo , habiendo el pago sido asumido por el declarante.
La información relativa al nivel educativo (Tabla 9) y la ocupación (Tabla 10) del trabajador, es obligatoria a partir del período de Enero de 2009, debiendo declararse la situación al 1° de Enero de 2009, debiendo declararse la situación al 1° de Enero de cada año.

(Fuente: Diario Oficial El Peruano, separata normas legales. Página 354495)

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