Mediante la Resolución de Superintendencia N° 204-2007/SUNAT (27.10.2007), la Administración Tributaria ha aprobado el nuevo PDT Planilla Electrónica - Formulario Virtual N° 601 - Versión N° 1.0, el cual deberá ser utilizado por los empleadores para relevar información requerida según la Resolución Ministerial N° 250-2007-TR (30.09.2007) y pagar determinados tributos que anteriormente se venían efectuando y pagando en el PDT Remuneraciones Formulario Virtual N° 600, PDT Seguro Complementario de Riesgo-Formulario virtual N° 610, y el PDT IGV-Renta Mensual –Formulario Virtual N° 621. El presente dispositivo establece entre otros puntos, la forma y condiciones generales para la utilización y presentación del referido PDT, los lugares y plazos de presentación, la consolidación de información, el proceso de inscripción de las entidades empleadoras de seguridad social, proceso de inscripción de asegurados titulares y derecho habientes ante la seguridad social, así como la actualización y modificación de datos a través del referido programa. El uso de este nuevo PDT será obligatorio a partir del período enero de 2008 cuyo vencimiento se produce en el mes de febrero del 2008.Finalmente, y a efectos de armonizar la normatividad al uso de este nuevo PDT, el citado dispositivo modifica el artículo 2° de la Resolución de Superintendencia N° 109-2000/SUNAT y normas modificatorias respecto al uso de SUNAT Virtual para el envío del PDT Planilla Electrónica- Formulario Virtual N° 601- Versión N° 1.0 siempre y cuando el contribuyente obligado cuente con su Código de usuario y Clave SOL.
(Fuente: Diario Oficial El Peruano del 27/10/2007, Separata Normas legales Pag. 356133)
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