miércoles, 19 de marzo de 2008

Oficializan la aplicación de diversas NIIFs e interpretaciones de diversas NICs.

Materia: NICs, NIIF
Base Legal: Resolución N° 040-2008-EF/94
Fecha de Publicación: 19.03.2008
Fecha de Vigencia: Ejercicio 2008, excepto algunas que entran en vigencia en el 2009
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A través de la presente norma se Oficializa la aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera siguientes:
NIC 32 Instrumentos Financieros: Presentación (modificada en el 2006).
NIIF 7 Instrumentos Financieros: Información a Revelar;
NIIF 8 Segmentos de Operación;
Así también se oficializa la aplicación de las interpretaciones de las Normas Internacionales de Contabilidad siguientes:
CINIIF 1 Cambios pasivos existentes por retiro del servicio, restauración y similares
CINIIF 2 Aportaciones de Socios de entidades cooperativas e instrumentos similares
CINIIF 4 Determinación su un acuerdo contiene arrendamiento
CINIIF 5 Derechos de participación en Fondos para el Retiro del Servicio, la Restauración y la Rehabilitación Medioambiental
CINIIF 6 Obligaciones surgidas de la participaciones de mercados específicos- residuos de aparatos eléctricos y electrónicos
CINIIF 7 Aplicación del Procedimiento de reexpresión según la NIC 29 Información Financieras en Economías Hiperinflacionarias
CINIIF 8 Alcance de la NIIF 2
CINIIF 9 Nueva Evaluación de Derivados implícitos
CINIIF 10 Información Financiera intermedia y deterioro del valor
CINIIF 11 NIIF 2.- Transacciones con acciones propias y del Grupo
CINIIF 12 Acuerdos de Concesión de Servicios
CINIIF 13 Programas de Fidelización de Clientes
CINIIF 14 NIC 19- El límite de un Activo por Beneficios Definidos, Obligación de Mantener un nivel de Financiación y su interacción.
Así también se establece que entrará en vigencia en el ejercicio 2009 la NIC 32, NIIF 7, NIIF 8, CNIIF 13 y CNIIF 14; mientras que todas las demás citadas en los párrafos anteriores entraran en vigencia en el ejercicio 2008.
Por otro lado, se deja sin efecto la NIC 14, NIC 30 y NIC 32 (modificada en 2003).
(Fuente: Diario Oficial El Peruano, separata normas legales, Pág. 369042.)

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